Ya se han excavado màs de 230 metros para los jarillones

Ya se han excavado màs de 230 metros para los jarillones
Para los que no creían en el proyecto de los jarillones hoy es una realidad, y una prueba fehaciente de ello son los más de 230 metros de excavaciones que hasta el momento se han logrado realizar en el sector conocido como Balsillas, a escasos 300 metros de la entrada principal al municipio de La Virginia.

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lunes, 8 de agosto de 2011

Alcalde de La Virginia, James Alzate Pérez, invita a los ciudadanos a definir su situación militar

Para la Alcaldía de La Virginia es muy importante que los ciudadanos del municipio que aún no han definido su situación militar lo hagan lo más pronto posible, para que se eviten problemas al momento de acceder a una oferta de empleo. Mañana inicia en el Coliseo Mayor de Pereira una jornada especial con la 8ª Zona de Reclutamiento del Distrito Militar Número 22.

Desde mañana 9 de Agosto y hasta el 11 del mismo mes se llevará a cabo una jornada especial en el Coliseo Mayor de Pereira, para definir situación militar de los ciudadanos de todo el departamento.

Para esta oportunidad los beneficiados con esta jornada serán las personas mayores de 25 años, especialmente desmovilizados, desplazados, indígenas y exentos, que hasta la fecha no han definido su situación Militar.

“Es nuestra responsabilidad como representantes del estado, velar porque todos los ciudadanos cumplan con sus responsabilidades con la Nación, y una de esas es el compromiso con el Ejército Nacional, por lo que aprovechamos esta oportunidad para invitar a todas las personas mayores de 25 años para que se acerquen desde mañana al Coliseo Mayor a definir su situación militar” afirmó James Alzate Pérez.

Cualquier duda frente a esta jornada se podrán comunicar con el Distrito Militar Número 22 al siguiente número 3126893.

A continuación se dan a conocer unas recomendaciones que deben tener en cuenta los ciudadanos que se presentarán ante el Ejército Nacional:

 Recuerde llevar toda la documentación que necesite presentar según su caso particular (A continuación se dan a conocer los tipos de casos).
 En cada Jornada estarán presentes funcionarios de los Distritos y Zonas de Reclutamiento, representantes de Acción Social, Agustín Codazzi, Catastro, DAS, SISBEN, entidad bancaria, con el fin de diligenciar el documento el mismo día.
 No entregue dinero a tramitadores ni falsificadores, suplantadores de funcionarios o miembros de las Fuerzas Militares: El trámite es personal y establecido por la Ley 48 de 1993.
Nota: La ley 48 de 1993, establece que todos los varones colombianos están obligados a definir su situación militar a partir de la fecha en que cumplan su mayoría de edad.

Tipos de casos

COMO DEFINIR LA SITUACIÓN MILITAR.
1. Inscripción en el Distrito Militar con los siguientes documentos:
Registro civil
Fotocopia del documento de identidad
Declaración de renta, certificado de ingresos o constancia de sueldo.
Dos fotografías fondo azul de 3 x 3.5 de frente.

2. Primer examen médico.
Determina la aptitud del ciudadano para el servicio militar.

3. Segundo examen médico (opcional).
Únicamente para quienes reclamen alguna inhabilidad no detectada y para confrontar las inhabilidades ya decretadas en el primer examen.

4. Presentación de reclamos y exenciones
El comandante del Distrito recibe y estudia las pruebas legales que sustenten la exención después del primer examen médico y quince (15) días antes de la incorporación.

5. Concentración e incorporación
Reunión en un lugar determinado del personal designado para prestar el servicio militar obligatorio en las filas del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Policía Nacional o el INPEC.

6. Clasificación
Liquidación del valor correspondiente al impuesto que debe cancelar al estado, el ciudadano que no ingrese al servicio militar (Cuota de Compensación Militar).

NOTA: Finalizando el año lectivo los jóvenes bachilleres deben presentar el acta de grado debidamente registrada ante el comandante del Distrito Militar. Quienes reprueben el año, deberán reiniciar el proceso.

A. LA TARJETA DE RESERVISTA (Libreta Militar)

Es el único documento mediante el cual se demuestra que se ha definido la situación militar y es indispensable para:
Celebrar contratos con cualquier entidad pública.
Ingresar a la carrera administrativas.
Tomar posesión de cargos.
Obtener el grado profesional en centros docentes de educación superior.
NOTA: Recuerde que el porte de documentos falsos es sancionado por la Ley con prisión de uno a ocho años de cárcel.

B. EXPEDICIÓN DEL DUPLICADO

El duplicado de la tarjeta de reservista se puede solicitar por perdida, deterioro o cambio de datos. El interesado debe diligenciar el formulario que se distribuye gratuitamente en los distritos militares de cada Zona, según el caso se debe adjuntar los siguientes documentos.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
Documento que acrediten el cambio de los datos.
Certificación Archivo General del Ministerio de Defensa (personal de primera clase y que no figure en pantalla).
Dos fotografías de 3 x 3.5 de frente fondo azul.
Recibo de pago por concepto de la elaboración de la tarjeta.
Tarjeta deteriorada o desactualizada.
C. REMISOS
Los remisos son aquellos jóvenes declarados aptos para prestar el servicio militar que no asistan a la jornada de concentración, en el lugar, día y hora indicados por el comandante del Distrito Militar.

Tenga en cuenta
SANCIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY 48 DE 1993
Los ciudadanos que no se inscriban en forma oportuna, serán multados con el 20% de un salario mínimo mensual vigente, por cada año o fracción que dejara de inscribirse reglamentariamente
Quienes no concurran a los exámenes físicos o al sorteo, serán multados con el 20% de un salario mínimo mensual vigente.

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